Convenio de Rotterdam

11/02/2023

El Convenio de Rotterdam entró en vigor en 2004. El Convenio pretende fomentar la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en el comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente. Sus principales objetivos son:

Promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes en el comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos, a fin de proteger la salud de los seres vivos y el medio ambiente frente a posibles daños.
Contribuir a la utilización ambientalmente racional de estas sustancias, facilitando el intercambio de información sobre sus características.
Establecer procesos nacionales de toma de decisiones sobre la importación y exportación de estas sustancias, difundiendo esta información a las partes.
Para ello, la ley abarca los productos químicos industriales y los plaguicidas prohibidos o rigurosamente restringidos, así como las formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas.

Consentimiento Previo

El Convenio establece un procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo (CFP) para la importación de productos químicos peligrosos, en virtud del cual el país exportador debe informar al país importador de los riesgos de esa sustancia, si los hubiere.

El CFP es un mecanismo que permite a las Partes del Convenio obtener y difundir información sobre los productos químicos peligrosos incluidos en el Anexo III. Esta información será analizada por el país importador que, de acuerdo con su legislación local, aprobará o no la entrada de dicho producto. De este modo, se pretende garantizar el cumplimiento de estas decisiones por parte de las Partes exportadoras.


Source: https://www.argentina.gob.ar/a...